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Prohíbe la exigencia de controles de embarazo en la contratación laboral

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Fecha: 26/01/2012 Autor: MIDES Fotografía: bebesymas.com La ley 18.868, vigente a partir del 20 de enero de 2012, prohíbe la exigencia de controles de embarazo en cualquier etapa del proceso de contratación de personal por parte de las empresas. El MIDES y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), trabajaron en conjunto para la elaboración de la presente ley. El texto de la nueva ley, en su primer párrafo dice que “se prohíbe exigir la realización o presentación de test de embarazo o certificación médica de ausencia de estado de gravidez, como requisito para el proceso de selección, ingreso, promoción y permanencia en cualquier cargo o empleo, tanto en la actividad pública como privada. Asimismo, se prohíbe la exigencia de toda forma de declaración de ausencia de embarazo”. El Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), en su rol de órgano rector de las políticas de género, detectó mediante investigaciones que en ocasiones las trabajadoras eran sometidas a test de